Cuando disfrutas de los beneficios de la ciudadanía o residencia permanente legal en los Estados Unidos, es natural que desees extender esas ventajas a tus seres queridos. Tanto los ciudadanos estadounidenses como los residentes permanentes legales tienen la capacidad de patrocinar ciertos tipos de familiares para que obtengan la tarjeta verde.
Sin embargo, el sistema de inmigración de los Estados Unidos puede ser extremadamente abrumador y difícil de navegar.
Reunir a tu familia en los EE. UU. puede ser un proceso complejo, que consume mucho tiempo y es arduo. Nuestros abogados de visas familiares en Orlando, en Angel Law Firm, pueden trabajar para obtener las visas necesarias para tus seres queridos de la manera más eficiente posible.
Contamos con un amplio conocimiento de cómo navegar eficazmente por el sistema de inmigración de los EE. UU. y haremos todo lo posible para ayudar a ti y a tu familia a lograr el sueño americano.
Contáctanos en línea o llama al (407) 329-7711 para explorar tus opciones de inmigración familiar. Ofrecemos nuestros servicios legales en inglés y español.
Según la ley de inmigración, un familiar inmediato incluye los siguientes miembros de la familia:
No hay límites en la cantidad de visas de familiares inmediatos que se emiten. Esto significa que no experimentarás ningún período de espera adicional después de que tu solicitud de visa haya sido procesada y aprobada por el USCIS.
El acceso al patrocinio de familiares inmediatos es una ventaja importante de la ciudadanía permanente de EE. UU., ya que los seres queridos patrocinados como familiares inmediatos generalmente recibirán sus visas más rápido que aquellos que pertenecen a la categoría de familiares en preferencia familiar.
Las visas de preferencia familiar están abiertas tanto para ciudadanos estadounidenses como para residentes permanentes legales. Sin embargo, solo se emite una cantidad limitada de visas de preferencia familiar cada año, lo que significa que es probable que tu ser querido tenga que soportar un período de espera adicional hasta que haya un cupo disponible para la visa.
El período de espera puede durar varios años si el retraso es especialmente grande. Ten en cuenta que los residentes permanentes legales solo pueden patrocinar a sus cónyuges, hijos solteros menores de 21 años e hijos adoptivos.
Si desean patrocinar a sus padres, hermanos o hijos adultos, deberán esperar hasta que sean ciudadanos estadounidenses. Además, existen limitaciones sobre qué tipos de familiares pueden ser patrocinados, incluso si eres ciudadano estadounidense. Tías, tíos, primos, abuelos y nietos no pueden ser patrocinados directamente por un ciudadano o residente permanente legal.
Nuestros abogados se especializan en derecho familiar y tienen años de experiencia manejando una amplia variedad de casos, incluyendo divorcio, custodia de hijos, adopción y más. Nos mantenemos actualizados con las leyes y regulaciones más recientes para garantizar que nuestros clientes reciban la mejor representación posible.
Creemos que cada cliente es único y que sus necesidades legales requieren atención personalizada. Nuestro equipo se toma el tiempo para comprender tu situación y objetivos específicos, adaptando nuestras estrategias legales para lograr el mejor resultado para ti y tu familia.
Somos defensores comprometidos con nuestros clientes y lucharemos incansablemente para proteger sus derechos e intereses. Ya sea negociando un acuerdo o representándote en la corte, trabajaremos con dedicación para lograr el mejor resultado posible para tu caso.
Entendemos el impacto emocional que los asuntos de derecho familiar pueden tener en individuos y familias. Nuestro equipo ofrece apoyo compasivo y orientación a lo largo de todo el proceso legal, ayudándote a navegar por tiempos difíciles con empatía y comprensión.
Creemos en una comunicación abierta y transparente con nuestros clientes. Nuestros abogados te mantendrán informado sobre el progreso de tu caso, explicarán los conceptos legales complejos de manera clara y comprensible, y responderán rápidamente a cualquier pregunta o inquietud que puedas tener.
Si eres ciudadano estadounidense o residente permanente legal y te casas con un extranjero, probablemente querrás traer a tu nuevo cónyuge a los Estados Unidos lo más rápido posible. Obtener el estatus necesario para que pueda vivir y trabajar en el país de manera indefinida requerirá obtener una tarjeta verde a través del proceso de visa de matrimonio.
Debido a que los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) son constantemente suspicaces respecto al fraude matrimonial, obtener una tarjeta verde basada en el matrimonio puede ser especialmente desafiante, especialmente para los matrimonios recientes.
Nuestros abogados de visas de matrimonio en Orlando, en Angel Law Firm, pueden brindarte la orientación legal que necesitas a lo largo del proceso de solicitud. Podemos ayudarte a evitar errores comunes en la solicitud, recopilar la evidencia necesaria de tu matrimonio y prepararte para la entrevista con el USCIS.
Si estás buscando patrocinar a tu cónyuge para una tarjeta verde basada en el matrimonio, contáctanos en línea o llama al (407) 329-7711 para discutir tus opciones legales.
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Después de enviar el Formulario I-130, podría recibir una «Solicitud de Evidencia» del USCIS. Esto puede ocurrir si hubo una omisión en el paquete de petición original o si la agencia no está satisfecha con la cantidad de evidencia presentada. Podemos ayudarle a evitar tener que responder a uno de estos requisitos y a evitar otros errores comunes en las solicitudes.
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A continuación, viene un largo período de espera, cuya duración dependerá de si el familiar patrocinador es un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal. Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a sus cónyuges a través de la categoría de «familiares inmediatos», que no tiene un límite anual y, en consecuencia, disfruta de tiempos de procesamiento más rápidos.
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Los residentes permanentes legales deben patrocinar a sus cónyuges a través de la categoría de preferencia familiar, que sí establece un límite anual. Esto significa que debes esperar a que una visa esté disponible después de que tu petición haya sido procesada por USCIS.
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Una vez que USCIS apruebe tu petición y una visa esté disponible, tu cónyuge deberá solicitar formalmente su tarjeta verde mediante el ajuste de estatus o el procesamiento consular. El ajuste de estatus se utiliza si ya están en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante, mientras que el procesamiento consular se realiza a través de una embajada de EE. UU. en el extranjero.
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Tanto el ajuste de estatus como el procesamiento consular implican la presentación de documentación adicional, materiales de solicitud e información de identificación. Esto incluirá someterse a un examen médico por un médico aprobado por USCIS.
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Finalmente, tu cónyuge deberá participar en una entrevista en persona realizada por un funcionario de USCIS. Si tu cónyuge está en el extranjero, esta entrevista se llevará a cabo en la embajada o consulado de EE. UU. en su país de origen, y tú no asistirás. Si tu cónyuge ya está en los Estados Unidos, asistirás a la entrevista con él/ella en tu oficina local de USCIS. La entrevista tiene como objetivo garantizar que tu matrimonio no sea fraudulento y consistirá en revisar los materiales de tu solicitud.
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Si el funcionario de USCIS que realiza tu entrevista está satisfecho, la tarjeta verde de tu cónyuge será aprobada y enviada por correo de manera rápida. Nuestros abogados de visas de matrimonio en Orlando pueden guiarte en cada paso del proceso y trabajar contigo para superar cualquier obstáculo que puedas encontrar.
Nuestros abogados y personal hablan tanto inglés como español. Hablaremos contigo en el idioma con el que te sientas más cómodo para asegurar una comunicación fluida. Contáctanos hoy para comenzar.
Un ciudadano estadounidense puede patrocinar a su cónyuge, hijos (casados o solteros), padres y hermanos.
Un residente permanente legal puede patrocinar a su cónyuge e hijos solteros. No puede patrocinar a sus padres ni hermanos.
El tiempo de procesamiento varía según la relación, el estatus migratorio del peticionario y la categoría de visa. Los familiares inmediatos (cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses) tienen tiempos de procesamiento más rápidos, mientras que las categorías de preferencia pueden tardar años.
Si solicitaste el ajuste de estatus (Formulario I-485) dentro de los EE. UU., puedes solicitar un permiso de trabajo (Formulario I-765) mientras esperas tu tarjeta verde. Si te encuentras fuera de los EE. UU., deberás esperar hasta recibir tu visa de inmigrante.
Debes solicitar el Permiso Avanzado de Entrada (Formulario I-131) antes de viajar. Si sales sin ello, tu solicitud podría ser considerada abandonada
El procesamiento consular ocurre cuando el beneficiario solicita una visa en un consulado de EE. UU. en el extranjero. El ajuste de estatus ocurre cuando el beneficiario solicita una tarjeta verde mientras se encuentra dentro de los EE. UU.
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